Un estudiante que satisfaga la siguiente definición de asistencia seguirá el programa de estudios de Cuesta College para los programas de grado y certificados válidos:

  • en el momento en que el estudiante comenzó a asistir a una universidad comunitaria de California, a la Universidad Estatal de California, a la Universidad de California, o a otra universidad regionalmente acreditada; o
  • como se describió en un Catálogo de Cuesta College posterior.

"Asistencia" significa haber ido al menos un semestre o dos trimestres cada año académico. Un estudiante que falta dos semestres o tres trimestres consecutivos en un año académico, excepto verano, perderá sus derechos del catálogo. En ese caso, el estudiante debe seguir (1) el Catálogo de Cuesta College que coincida con la fecha de reinscripción del estudiante en una universidad regionalmente acreditada o (2) el Catálogo de Cuesta College posterior. Una cancelación total en un semestre no constituye un receso de un semestre en la inscripción cuando se publican símbolos "W" en el registro del estudiante. Las autoridades del campus pueden autorizar o exigir sustituciones para cursos suspendidos en programas de grado o certificados.

Nota: Los derechos de catálogo no se aplican a los grados de ADT (Grados de asociado para transferencia) o Certificados de Educación General.